Una adecuada gestión de los riesgos laborales en una determinada empresa requiere de la implantación de unos principios en la toma de decisiones conocidos como los principios de la acción preventiva (artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales) que se detallan a continuación:
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
- Combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el trabajo a la persona.
- Planificar la prevención.
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva frente a la personal.
- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
- Permitir la participación de los trabajadores.
- Informar y consultar a los trabajadores.
- Dar formación teórica y práctica suficiente y adecuada en materia preventiva.
Pero, ¿Qué es el riesgo y cómo se evalúa?
Se define riesgo como la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
El proceso de evaluación de riesgos se puede definir como aquel que está dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.
Si tras la realización de la evaluación se concluye en que es necesaria la adopción de medidas preventivas, conviene indicar claramente las situaciones en que sea necesario:
- Eliminar o reducir el riesgo, mediante medidas de prevención en el origen, organizativas, de protección colectiva, de protección individual, o de formación e información a los trabajadores.
- Controlar periódicamente las condiciones, la organización y los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores.
En primer lugar, se realizará una evaluación inicial de los riesgos que no han podido evitarse en cada puesto de trabajo que se produzcan dichos riesgos. Para lo cual se tendrá en cuenta:
- Las condiciones de trabajo existentes o previstas.
- La posibilidad de que el trabajador que lo ocupe o lo vaya a ocupar sea especialmente sensible.
Así mismo, deberán volver a evaluarse los puestos de trabajo cuando puedan verse afectados por:
- La elección de equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, la introducción de nuevas tecnologías o la modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo.
- El cambio de las condiciones de trabajo.
- La incorporación de un trabajador cuyas características personales o estado biológico conocido lo hagan especialmente sensible a las condiciones del puesto.
En el mundo existen varias metodologías para la evaluación de riesgos, en España, la más usual es la desarrollada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y se compone de las siguientes etapas:
Clasificación de las actividades de trabajo.
Un paso previo a la evaluación de riesgos es preparar una lista de actividades que se realizan en la empresa, agrupándolas de forma racional y manejable.
Análisis del riesgo.
En esta etapa se produce la identificación de peligros (se define peligro como la fuente o situación con capacidad de daño en términos de lesiones, daños a la propiedad, daños al medio ambiente o una combinación de ambos); la estimación del riesgo (que incluye la severidad del daño y la probabilidad de que ocurra el daño) y la valoración del riesgo.
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