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Pluriempleo y pluriactividad

En el post vamos a hablar de dos conceptos parecidos, pero no iguales: pluriempleo y pluriactividad. Ambos conceptos vienen a definir la posibilidad de que una misma persona pueda prestar servicios en dos o más empresas en el mismo o distinto régimen de la Seguridad Social.

¿Qué se entiende por Pluriempleo?

Se entiende por pluriempleo la situación de la persona trabajadora que presta servicios a dos o más empresarios distintos pero incluidos en el mismo régimen. Por ejemplo, aquella persona que trabaja por la mañana de administrativo en una asesoría (Rég. General) y por la tarde de camarero en un restaurante (Rég. General). Dicha persona, se encontraría en situación de pluriempleo.

¿Qué se entiende por Pluriactividad?

Se entiende por pluriactividad la situación de la persona trabajadora por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social. Por ejemplo, aquella persona que por la mañana trabaja en un comercio propio (Rég. Autónomo) y por la tarde de profesor de una academia (Rég. General).

Incluso podría darse el caso de que una misma persona se encuentra en situación de pluriempleo y pluriactividad a la vez. Por ejemplo y teniendo en cuenta los ejemplos anteriores, aquella persona que tiene un comercio propio (Rég. Autónomo), pero además durante la semana por la mañana trabaja en una asesoría (Rég. General) y por las tardes profesor en una academia (Reg. General).

¿Qué pasa si la persona trabajadora se encuentra de baja médica?

Nada impide que en situación de pluriempleo/pluriactividad se produzcan dos procesos de Incapacidad Temporal (IT) con bases reguladoras y prestaciones distintas. 

Además, puede darse la situación de que se tramite el alta médica solo para uno de ellos, y en el otro régimen se mantenga en IT por más tiempo.

¿Qué ocurre con la prestación de maternidad/paternidad en casos de pluriempleo o pluriactividad?

Según la situación podremos encontrarnos:

  • En caso de pluriempleo, se sumarán las dos bases de cotización y se disfrutará de un permiso de maternidad o paternidad
  • En caso de pluriactividad, se disfrutarán de dos permisos diferentes con dos cuantías diferentes, siempre y cuando se cumplan los requisitos de cotización previa en cada régimen.

¿Cómo afecta a la cotización el régimen de pluriempleo?

En el caso de pluriempleo, a los efectos de la cotización, deberemos sumar todas las bases de cotización de las empresas del mismo régimen y comprobar que no se supera el tope máximo de cotización. En el caso de que eso ocurra, la seguridad social distribuirá el tope máximo entre las diferentes empresas, para que cada uno cotice en proporción a las retribuciones abonadas.

En caso de pluriactividad, a los efectos de la cotización, la persona trabajadora cotizará indistintamente en uno y otro régimen sin tener que producirse ninguna regularización al respecto.

En cualquier caso, es importante señalar que solo se computa como un día de trabajo a los efectos de seguridad social, aunque sea en sitios o regímenes diferentes. 

Este detalle lo podremos visualizar al obtener una vida laboral. Por un lado, aparece el número de días totales que la persona ha estado dada de alta en seguridad social, pero seguidamente el informe aclara cuántos días has estado en situación de pluriempleo/pluriactividad para descontarlos del número días que se deberán tener en cuenta para las prestaciones económicas de la Seguridad Social.

pluriempleo

¿Cómo afectan estas situaciones de cara a la jubilación?

  • En caso de pluriempleo, nunca se cotizará por más de un día de trabajo, aunque se presten servicios en dos o más empresas. Respecto a las bases de cotización para el cálculo de la jubilación se tendrán en cuenta todas las retribuciones sin que se supere la base máxima de cotización para ese momento.
  • En caso de pluriactividad, si la persona trabajadora acredita los requisitos suficientes para que se puedan generar dos prestaciones de manera independiente, la persona trabajadora tendrá derecho a dos prestaciones distintas.

Importante tener en cuenta que estas situaciones pueden determinar la obligación de presentar la declaración de la renta para el año siguiente.

Sin duda, tanto el pluriempleo como la pluriactividad, da lugar a una casuística que muchas veces se presenta complicada, y habrá que estar a cada caso para valorar su viabilidad.

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Manager Laboral || Profesor - Área laboral en EIP - Escuela Internacional de Posgrados

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2 comentarios en «Pluriempleo y pluriactividad»

  1. Se pueden disfrutar los permisos de paternidad de sendos trabajos, en periodos diferentes? Septiembre y octubre para el trabajo de mañanas, y noviembre y diciembre para el trabajo de tardes. Siempre antes de los 12 meses, y posteriormente a las 6 primeras semanas. Gracias

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