Descripción:
En el contexto de la globalización, cada vez más empresas fuera de la UE/EEE ofrecen bienes y/o servicios a ciudadanos europeos. Este fenómeno, impulsado por la digitalización y la interconexión global, ha llevado a un aumento en el intercambio de datos personales a través de las fronteras.
Todas estas empresas con independencia de su ubicación geográfica deben cumplir con el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD). Una de las obligaciones más importantes, y a menudo pasada por alto, es la designación de un Representante de Protección de Datos (RPD). Este representante actúa como un enlace entre la empresa, las Autoridades de Protección de Datos y los individuos cuyos datos están siendo tratados, lo que facilita la comunicación y cooperación entre las partes.
Esta figura es esencial para garantizar una comunicación efectiva con las Autoridades de Protección de Datos y los individuos.
Objetivos:
Entender los criterios para la designación de un RPD.
Conocer las tres principales obligaciones del RPD.
Comprender en profundidad el procedimiento para la designación de un RPD y las consecuencias de no designarlo.
Ponente: Soraya Garrán
Soraya Garrán es Legal Manager en EDPO. Además, es docente en el máster de Auditoría de Protección de Datos, Gestión de Riesgos y Cyber Compliance de EIP.