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¿Cómo actuar ante una inspección laboral?

Son las 9 de la noche y el restaurante está lleno de clientes y no paran de llegar comandas a la cocina. En una de las mesas, uno de los clientes levanta la mano y al llegar el/la encargado/a para atenderle, recibe con gran sorpresa, que el supuesto cliente forma parte del cuerpo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de su localidad.

Como ocurre con este empresario/a de hostelería, uno de los mayores temores que tienen los negocios en el transcurso de su día a día, es recibir la visita de un inspector/a de trabajo. Si bien no tiene porqué ser así, pues es la ocasión perfecta para demostrar que llevamos todo correctamente y somos una empresa ejemplar que cumple con sus obligaciones.

¿Qué hacer en esta situación?

Ante todo, lo primero es mantener la calma, vamos a facilitar en la medida de lo posible el trabajo de la inspección, una actitud colaborativa y cooperativa gana enteros en esta situación.  Aunque el momento no sea oportuno, nuestra colaboración y ayuda hará que la inspección sea más llevadera y por lo tanto termine antes y podamos seguir con nuestra actividad normal.

Seguramente el inspector/a querrá entrevistarse individualmente con los/as trabajadores/as para comprobar contratos y horarios trabajados. No nos extrañe que quiera un momento de privacidad con los trabajadores/as para entrevistarlos tranquilamente.

¿Qué documentación debemos tener preparada?

Es muy importante que la empresa tenga a disposición y visible el cuadrante de horas firmadas de sus trabajadores/as en formato papel o bien digital (existen dispositivos para fichar con la huella dactilar entre otros). Se trata de un documento fundamental para verificar las horas trabajadas por el trabajador y que descansa los días que les corresponde.

En cuanto a documentación en el momento de la inspección lo único que suelen pedir son los documentos identificativos de los trabajadores y empresarios y el cuadrante de horas firmado por los trabajadores.

Una de las últimas novedades es que la empresa debe tener un registro retributivo de toda su plantilla desde el 14 de abril de 2021 y ya están empezando a sancionar a aquellas empresas que no lo tienen.

¿Qué deben aportarnos tras la inspección laboral?

Una vez terminada la actuación inspectora nos dejarán un documento de citación, en donde nos requerirán documentación a aportar en un plazo que suele ser como mínimo de una semana.  Pueden pedirnos algunos documentos como son los recibos de salarios, los contratos de trabajo, el certificado de estar al corriente en la seguridad social, el justificante de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y las escrituras de constitución de la empresa entre otros.

Por motivos de la pandemia Covid 19 la documentación solicitada la podemos aportar por correo electrónico directamente, con lo cual el trámite se hace mucho más sencillo.

Una vez analizada la documentación la Inspección de Trabajo y Seguridad Social levantará acta de diligencia en donde nos pueden requerir algún cambio (por ejemplo, conversión a indefinido de algún trabajador) y en donde se nos indique que si hay algún hecho que motive sanción.

Para que podamos estar tranquilos/as lo ideal sería aplicar el convenio colectivo que corresponda, tener contratada la prevención de riesgos laborales, llevar estrictamente el cuadrante de horas firmadas por nuestra plantilla y ajustarnos a todo lo relativo a la normativa laboral.

No debemos tener miedo de tener inspecciones de trabajo, es nuestra oportunidad perfecta para demostrar que cumplimos correctamente con todas nuestras obligaciones en materia laboral.

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Asesor laboral en Gabinete de Asesoramiento Internacional Asinte

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