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Actualización para las empresas en la normativa de los Planes de igualdad

Desde el pasado 7 de marzo, las empresas de 50 o más trabajadores están obligadas a contar con un Plan de igualdad y a fecha de hoy solo han cumplido un 20% de las mismas. El resto están expuestas a fuertes sanciones por parte de la autoridad laboral.

Plan de Igualdad en la empresa: nueva legislación

Desde el pasado 7 de marzo de 2022, todas las empresas de 50 o más personas en plantilla están obligadas a contar con un Plan de igualdad, tal y como se establecía en el RD 901/2020 de 13 de octubre que vino a desarrollar los artículos 45, 46 y la Disposición Final tercera de la Ley de igualdad. Para el cómputo de trabajadores hay que tener en cuenta que el citado plan no sólo afecta a los trabajadores de plantilla, sino también a las personas cedidas a través de una ETT. Si hablamos de grupos de empresas se podrá elaborar un plan único para todas o parte de las del grupo, teniendo en cuenta la actividad de cada empresa y los convenios colectivos de aplicación en cada una de ellas. 

A pesar de que esta medida no se ha aprobado recientemente, sino que se ha tenido un periodo transitorio de adaptación para que todas las empresas, desde el año 2.019, pudieran ir aplicando la nueva legislación según el número de trabajadores que tuvieran en la misma, lo cierto es que a día de hoy, menos de un 20% de las empresas obligadas cuentan con el citado plan, según los datos del Registro de convenios y acuerdos colectivos (REGCON), que es el lugar donde tienen que ser inscritos. 

Como sucede de manera frecuente, se suelen dejar las obligaciones para el último momento y ahora les toca correr a las empresas que no hayan cumplido con la ley y no cuenten con el obligatorio plan de igualdad en su empresa, si no quieren enfrentarse a una infracción castigada con multas que pueden variar entre los 626 y 187.515 € para los casos más graves, además de las pérdidas de bonificaciones, ayudas de fondos europeos y beneficios de programas de empleo, entre otros, que pueden sufrir.

Elaborar un plan de igualdad no es una tarea sencilla ni que se realice de forma instantánea, va a depender en gran medida del número de trabajadores de la empresa, y puede abarcar desde una media de 2 meses para empresas de 50 trabajadores hasta 6 meses para una empresa de más de 250 empleados. Hay que contar con ello, y si bien es cierto que existen plataformas especializadas en la elaboración de estos planes, que facilitan la labor al empresario, también lo es que muchos de los planes de igualdad que han resultado aprobados por la autoridad laboral e inscritos en el registro, han sido realizados por las propias empresas y es que hay guías oficiales publicadas en la web, gratuitas que ayudan bastante en la elaboración del citado Plan, lo que supone un gran avance. Os puedo citar a título de ejemplo La Guía del Instituto de la mujer, que constituye una herramienta bastante útil en esta materia.

¿Existe alguna subvención o financiación pública para elaborar este Plan de Igualdad?

Uno de los temas que hay que tener en cuenta y de los que se han beneficiado muchas empresas es de si existe algún tipo de subvención o de financiación pública que permita a las empresas reducir costes en la elaboración del plan. El Ministerio de Igualdad ha destinado 225.000 euros a estas ayudas y se ha prestado asesoramiento gratuito a empresas desde diferentes organismos públicos. Habría que preguntar en los ayuntamientos donde radiquen las empresas interesadas si se dispone de algún tipo de ayuda a la que se puedan acoger. 

Pasos para realizar un Plan de Igualdad

A grandes rasgos, lo primero que tenemos que hacer para realizar un plan de igualdad es construir una comisión negociadora, formada a partes iguales por la empresa y los empleados, a través de sus representantes sindicales, y contar con una proporción equilibrada de mujeres y hombres. Deben participar personal con formación o experiencia en materia de igualdad.

Tras la creación de la Comisión, se realizará un diagnóstico sobre la situación de las distintas materias que debe abordar el plan. Una vez elaborado el documento, se tiene que presentar la solicitud ante la autoridad competente en el plazo de quince días a contar desde la firma del mismo.  La autoridad laboral lo comprobará y si le da el visto bueno se procederá a su publicación. Tendrá una vigencia de 4 años tras la cual habrá de proceder a su revisión. 

En definitiva, quien esté leyendo este post y conozca alguna empresa de más de 50 trabajadores que no haya elaborado su plan de igualdad, insistir en la conveniencia de que lo haga lo antes posible porque la Inspección de Trabajo ya está actuando e imponiendo sanciones a los rezagados.

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