La jornada laboral, su adaptación y su reducción progresiva está siendo tema de largo debate desde hace años. El avance hacia las 37 horas semanales está siendo una de las prioridades del actual gobierno liderado por la Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.
El Componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia, “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” prevé también el establecimiento como prioridad la reducción de jornada.
Es importante indicar que los temas laborales han sido un aspecto clave del gobierno socialista, intentando entre otros aspectos, encajar la jornada laboral con el incremento del salario mínimo interprofesional (SMI).
Será la negociación colectiva, como mecanismo fundamental del diálogo social a través del cual los empleadores y sus organizaciones y los sindicatos pueden convenir las condiciones de trabajo adecuadas además de establecer las relaciones laborales (definición de la OIT) donde se va a cuadrar el equilibrio entre la bajada de la jornada y el aumento del salario (SMI).
En España, hasta hace más bien poco tiempo, la jornada laboral no había sufrido ningún tipo de modificación. Los cambios sociales, la necesidad manifiesta de conciliar vida laboral y familiar así como el avance en el desarrollo del salario emocional, hace que el tiempo en el trabajo y su gestión tengan que evolucionar.
Un trabajador en España de media trabaja 1754,4 horas anuales. Aproximadamente unas 39 horas semanales. En Holanda, la jornada laboral se sitúa en 33,2 horas y en Grecia 41. Si analizamos los convenios colectivos vigentes, veríamos como la gran mayoría presentan una jornada laboral inferior a las 40 horas semanales.
El objetivo del Gobierno es reducir la jornada laboral progresivamente, pasando en 2024 a 38,5 horas semanales y en 2025 a 37,5. Para lograr esto, tendrán que hacerse ajustes en las empresas en cuanto a la gestión de RR.HH y cambios legales sobre todo en el Artº34 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, establece que “La duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo…La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual”.
Este viraje hacia hacia jornadas laborales más reducidas debe tener en cuenta las características y especificidades de los sectores productivos puesto que cada uno de ellos, presentan características definitorias propias que deben gestionarse de manera particular.
Recursos Humanos mediante procesos de planificación de RR.HH y de Plantillas deberá, mediante un PROCESO PLANIFICADO que se desarrolla dentro del marco de la estrategia integrada de la empresa, posibilitar que la organización disponga en todo momento, y en el lugar adecuado, del Capital Humano/Talento preciso, con el objetivo de que ésta pueda conseguir, en el plazo y forma fijados, los objetivos y las metas empresariales fijadas. Todo ello de forma equilibrada satisfaciendo las necesidades de todos los grupos de interés que (stakeholders), incluyendo la jornada laboral.
Para poder determinar la plantilla necesaria y acoplar está a la jornada laboral, hay que tener en cuenta, entre otros conceptos, los siguientes:
- Carga de trabajo. cantidad de trabajo que una persona, o un grupo de personas, deben de realizar en un periodo de tiempo dado. La Carga de Trabajo viene definida por el trabajo físico, por las exigencias mentales y la exposición a condiciones ambientales (ruido, iluminación, temperaturas, ventilación,…).
También habrá que tener en cuenta los métodos utilizados, las herramientas y equipos usados,…
Por último, el nivel de entrenamiento de la persona, también influirá en la carga de trabajo subjetiva y percibida por cada trabajador/a.
- Ritmo de Trabajo Predecible. A la hora de determinar la carga de trabajo predecible y controlada por el trabajador/a, se pueden utilizar técnicas como los estudios de tiempo, el muestreo de trabajo, los diagramas de actividades, flujos de trabajos repetitivos o no repetitivos,… por lo que es relativamente sencillo determinar las cargas de cada puesto de trabajo.
- Ritmo de Trabajo Aleatorio. Los ritmos de producción pueden depender de la hora del día, de la semana, de la quincena, de la época del año, etc.
- Flexibilidad. Posibilidad que tienen las empresas de adaptar las necesidades de personal en función de las fluctuaciones de la demanda de sus servicios o productos.
Un mal ensamblaje entre gestión de RR.HH y jornada laboral pueda dar lugar al sobredimensionamiento de la empresa, a la duplicidad de funciones, a la falta de calidad en la atención al cliente o los incumplimientos de plazos en la entregas. Todo esto, podrá tener repercusiones en el clima laboral.
Es más que evidente que la jornada de 4 horas y su implantación será complicada porque compromete, a mi entender la producción, las relaciones laborales y la gestión integral de RR.HH. Pero este, será otro debate.
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