Desde 2018, se viene oyendo hablar con frecuencia sobre la obligación de elaborar el “estado de información no financiera” pero, ¿a qué nos referimos cuando hablamos de esto? A continuación, vamos a dar respuesta a las dudas más frecuentes respecto de este tema.
Para comenzar, hay que aclarar que el estado de información no financiera (EINF) es una obligación anual impuesta a determinadas empresas por la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad. Esta Ley, que traspone la Directiva 2014/95/UE viene a dar respuesta a la creciente demanda por parte de inversores, clientes y de la sociedad en general, que no solo exigen información en materia económica y financiera de las empresas, sino que, además, reclama mayor transparencia en materia de sostenibilidad y responsabilidad social.
¿A quién va dirigida esta Ley 11/2018?
Desde enero de 2021, esta disposición es de obligado cumplimiento para las empresas y grupos de empresas con 250 o más empleados/as y que, además, cumplan con los siguientes requisitos:
- que tengan la consideración de entidades de interés público o
- o que cumplan durante al menos dos años con un activo superior a 20 millones de euros;
- o cuya cifra de negocios anual supere los 40 millones de euros.
¿Qué contenidos debe abordar el EINF?
A grandes rasgos, debe describir el modelo de negocio de la organización, incluyendo cuestiones medioambientales (contaminación, uso sostenible de los recursos, economía circular, cambio climático, etc.), sociales y relativas al personal (relaciones laborales, igualdad, empleo, formación, etc.), cuestiones en relación con los derechos humanos, la lucha contra la corrupción y el soborno, y por último, el compromiso de la empresa con la sociedad (desarrollo sostenible, subcontratación y proveedores, consumidores e información fiscal).
¿Debe el EINF ser contrastado?
Conforme a la Ley 11/2018, la información incluida en el EINF sea verificada por un tercero externo independiente y debe ponerse a disposición del público de forma gratuita y fácilmente accesible en el sitio web de la organización.
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