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El paro en el servicio del hogar

¿Sabías qué el Gobierno ha acordado en el Consejo de Ministros, ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el trabajo decente para los/as trabajadores/as del hogar y enviarlo a las Cortes Generales para dar comienzo al proceso de regularización de la norma? Te lo contamos todo en este nuevo post del blog de Personas.

Ardua ha sido la lucha de este colectivo para llegar hasta el momento en el que se encuentra ahora y está más próximo de poder cobrar la prestación por desempleo, pues El Gobierno ha acordado en el Consejo de Ministros, ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores del hogar, donde se reconoce esta reivindicación, y enviarlo a las Cortes Generales para dar comienzo al proceso de regularización de la norma.

El Convenio 189 de la OIT regula la igualdad de trato de las empleadas y empleados domésticos con el resto de personas trabajadoras, asegurando para ellas descansos, vacaciones y el derecho a la protección frente al desempleo. El Convenio 189 entró en vigor en 2013 y desde entonces, USO (Unión Sindical Obrera) ha solicitado al Gobierno de España la adhesión al mismo para dignificar el empleo doméstico. Durante los últimos años, las condiciones especialmente duras del sector han condenado a estas empleadas y empleados a la precariedad. Además, desde 2020, con motivo de la pandemia, se han vivido momentos críticos en el que muchas personas se vieron sin empleo y sin ningún tipo de protección, mientras que muchas otras sufrieron situaciones de violencia y coacción, viéndose así afectada la situación económica de miles de familias en España.

Con la ratificación de este convenio en las Cortes Generales se dará el primer paso en la adecuación de una normativa laboral que ha sido catalogada recientemente de discriminatoria por parte de la justicia cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró en una sentencia publicada en febrero, que el régimen laboral de las/los trabajadoras/es domésticas/os es contrario al derecho comunitario por no reconocer el derecho al desempleo a este colectivo, integrado casi exclusivamente por mujeres (más de 9 de cada 10), lo que supone una discriminación indirecta por razón de sexo.

Este pronunciamiento se produjo a raíz de la consulta de un juzgado de Vigo, que, inmediatamente, reconoció el derecho de una trabajadora gallega a cotizar por su trabajo, y por ende, a recibir una prestación por desempleo. Con este hito se alcanzó un halo de esperanza para el sector que ha estado tradicionalmente invisibilizado y menospreciado. En España más del 85% de personas que se dedican al trabajo doméstico son mujeres, (dato del boletín de Igualdad en la Empresa, Marzo 2020 del Instituto de la Mujer) motivo por el cual se encuentran referencias en femenino en la documentación relacionada con este tema como medida de visibilización.

En palabras de Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo: “Es una cuestión de justicia, y algo más: el cumplimiento de nuestros compromisos y la confirmación de que el camino de los derechos laborales, emprendido por este Gobierno, ya nunca más dejará atrás a las trabajadoras del hogar”.

Con esta resolución se equipararía al colectivo de empleadas y empleados domésticos con el resto de personas trabajadoras en materia de protección laboral, lo que permitiría que una vez concluida su actividad pudieran cobrar la prestación por desempleo, algo que la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) no permite hasta el momento. Pero no se trata únicamente del derecho a cobrar la prestación por desempleo, la ratificación del Convenio 189 de la OIT por parte de España supone que el Estado se compromete a velar por los derechos de las empleadas y empleados de hogar. Entre estos derechos se encuentran:

  • La protección frente al acoso, abuso y violencia en el trabajo
  • El derecho a recibir por escrito las condiciones de trabajo
  • El control de las horas de presencia
  • Controlar la legalidad del salario por manutención y alojamiento
  • Garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo
  • Garantizar el salario mínimo; incluir la actividad en la Ley de PRL, y
  • El derecho a la prestación por desempleo.

Según datos del Ministerio de Seguridad Social, en marzo de 2022 se contabilizaron 378.466 personas afiliadas en el Sistema Especial de Empleados de hogar. Estas personas se encuentran trabajando sin ningún reconocimiento y de forma sumergida.

La TGSS lanza una nueva campaña informativa en la que se recuerda que quienes presten servicios durante menos de 60 horas al mes por empleador, pueden formular directamente su afiliación a la Seguridad Social. Este autotrámite sirve para gestionar altas, bajas y variaciones cuando así lo acuerden con la persona empleadora o varias personas en el caso de que se trabaje para más de una persona. La persona trabajadora recibirá un mensaje de texto o SMS a su número de teléfono móvil, siempre que lo tenga asociado, con el que aparezca en la base de datos o, en otro caso, un correo electrónico cada vez que la persona empleadora lleve a cabo trámites como pudiera ser modificaciones en su contrato.

En caso de que no sea así, la persona interesada deberá acceder a su Área Personal desde la plataforma Import@ss para revisar los datos de contacto y verificar así que sean correctos, de modo que se les pueda comunicar cualquier cambio por estos medios.

Aún queda mucho camino por delante, pero es sin duda un gran paso para el reconocimiento de los derechos de este colectivo que ha estado silenciado durante años. Comienza así un nuevo escenario que supondrá un cambio legislativo en beneficio del sector, quedando aún la incógnita de qué ocurrirá con las miles de personas que aún están sin regularizar en este sector.

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Asesor laboral en Gabinete de Asesoramiento Internacional Asinte

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