Con la aprobación del Real Decreto-ley 18/2021 de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, en el que, entre otras medidas, se incluye la nueva extensión de los ERTES a partir del 1 de octubre de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022.
¿ Qué tipo de ERTES se prorrogan?
- ERTE por Fuerza Mayor regulados por el RD-Ley 8/2020.
- ERTE por impedimento de actividad regulados por el RD-Ley 24/2020, por el RD-Ley30/2020 y por el RD-ley 2/2021.
- ERTE por impedimento o limitaciones de la actividad regulados por el RD-Ley 11/2021.
¿ Se prorrogan automáticamente los Ertes?
No, hay que presentar una solicitud ante la Autoridad Laboral entre el 1 y el 15 de octubre. Dicha solicitud debe ir acompañada de una relación de las horas y días suspendidos entre los meses de julio y septiembre de cada uno de los trabajadores. La Autoridad Laboral tiene un plazo de 10 días hábiles para dictar resolución , si transcurrido este plazo no se pronunciara al respecto, se entenderá estimada la prórroga.
Si no se presenta la solicitud en el plazo establecido el ERTE se dará por finalizado y no será aplicable desde el 1 de Noviembre de 2021
¿ Qué requisitos tienen que cumplir las empresas que se acojan a los ERTES?
- Se prohíbe la realización de horas extraordinarias y externalizaciones.
- Se mantiene la salvaguarda de empleo. Las empresas que apliquen exoneraciones quedarán obligadas a un nuevo periodo de mantenimiento de 6 meses.
- Se interrumpe el cómputo de los contratos temporales y contratos de formación que hayan sido afectados por un ERTE.
- Se prohíbe el reparto de dividendos y se restringe el acceso a estas ayudas para las empresas con domicilio en paraísos fiscales.
¿ Qué exoneraciones se aplican a las empresas en ERTE?
En el caso de las empresas con ERTE de impedimento de actividad, la exoneración será del 100%. .
Para las empresas con ERTE de limitación de actividad, la exoneración estará condicionada a si la empresa ofrece o no formación a sus trabajadores/as , conforme a las siguientes reglas:
- Empresas con diez o más trabajadores dados de alta a fecha 28 de febrero de 2020: 40% si no ofrece formación; 80% sí ofrece formación.
- Empresas con menos de diez personas trabajadoras dadas de alta a fecha 28 de febrero de 2020: 50% si no ofrece formación; 80% si ofrece formación.
El RD-Ley 18/2021 incluye también medidas especiales para la isla de La Palma que se ha visto afectada por la erupción volcánica en la zona de Cumbre Vieja.