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Autocálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación

Desde el pasado mes de noviembre se encuentra disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el apartado de Ciudadanos, Pensiones, un nuevo servicio de autocálculo de la Base Reguladora de la pensión de jubilación. 

Para poder utilizar este servicio se podrá acceder sin certificado digital por cualquier persona, aunque principalmente esté dirigido a profesionales conocedores del régimen jurídico de la pensión de jubilación que deban realizar distintos cálculos para obtener así una base reguladora actualizada y posteriormente aplicar los porcentajes correspondientes a cada modalidad de jubilación para prestar asesoramiento a su cliente. 

¿Qué datos necesitamos para obtener la base reguladora?

Para poder obtener el importe de la base reguladora únicamente debemos introducir los datos personales como son el nombre y apellidos, la fecha de jubilación, seleccionar la normativa aplicable nueva o anterior, y las bases de cotización pasadas y futuras. 

¿Qué ventajas nos ofrece este servicio?

La principal ventaja que nos ofrece este nuevo servicio es la actualización automática de las bases de cotización, pues al realizar el cálculo de la base reguladora de la pensión, los últimos 24 meses se toman las bases cotizadas por su valor nominal sin actualizar, y a partir del mes 25 hasta el 300 se irán actualizando conforme a la evolución del IPC, una labor que sin este tipo de herramientas resulta muy tediosa y compleja para poder realizar un cálculo correcto de la base reguladora. 

¿Qué debemos tener en cuenta?

Otra de las cuestiones a considerar es la integración de lagunas, es decir, aquellos períodos en los que no ha existido obligación de cotización, se completarán, las primeras 48 mensualidades con bases mínimas de cotización y las siguientes con el 50% de las bases mínimas, pero esto dependerá del Régimen de la Seguridad Social para el que estemos calculando la base reguladora; otro motivo más que pone de manifiesto que esta herramienta se dirige principalmente a conocedores del régimen jurídico de la pensión. 

Recordemos además, que con la nueva normativa de las pensiones de jubilación introducida por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, no solo sube la edad de jubilación ordinaria en 2022 a 66 años y 2 meses, o alternativamente 65 años acreditando 37 años y 6 meses o más cotizados, sino que también cambia el cálculo de la base reguladora utilizando las últimas 300 bases de cotización y dividiéndolas entre 350.

¿Cómo realizar la consulta? 

Veamos a continuación los pasos a seguir para utilizar correctamente el servicio de autocálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación: 

  1. Introducción de los datos personales
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  1. Introducción de las bases de cotización pasadas.

Aparecerá todo el período anterior necesario para que se puedan incorporar manualmente las bases de cotización anteriores. Para facilitar este paso, si se disponen de bases de cotización por igual importe y de un período continuado se podrán introducir automáticamente el período y la base, mínima, máxima o personalizada. 

Se podrá obtener la información de las bases de cotización pasadas desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social, opción ciudadanos, informes y certificados, informe de bases de cotización. 

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  1. Bases de cotización futuras.

Del mismo modo que se introducen las bases de cotización pasadas, se podrán añadir las bases de cotización del período que reste hasta alcanzar la fecha de jubilación. 

  1. Confirmación y resultado. 

Como resultado obtendremos la base reguladora calculada y el cuadro con todas las bases de cotización introducidas, el índice de actualización y las bases de cotización actualizadas. 

¿Existe alguna otra opción? Alternativamente disponemos de otro servicio que ofrece directamente el importe final de la prestación de jubilación, este se encuentra en la opción “Tu Seguridad Social”, pero  para acceder se requiere certificado digital de la persona interesada, o bien, de la persona representante previa confirmación vía SMS de la representación.

Miguel Calvo

Técnico de Recursos Humanos y profesor de Máster en Dirección de RRHH y Gestión Laboral

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