El Despido Improcedente no es un tipo de despido, sino la consecuencia de haber realizado un tipo de despido erróneamente o alegando causas no establecidas legalmente o que no son ciertas.
¿Qué quiero decir con esto?:
Si como empresa nos vemos en la situación de tener que despedir a un trabajador, esa situación tiene que venir dada por algunas de las causas que establece nuestro Estatuto de los Trabajadores, las cuáles nos llevarán a realizar alguno de los siguientes tipos de despidos: despido disciplinario, despido objetivo o despido colectivo. Como veis, no está la opción de realizar un “llamado” despido improcedente.
Entonces, ¿qué es el despido improcedente?:
Lo decía al principio, es la consecuencia de haber realizado mal un despido disciplinario, un despido objetivo o un despido colectivo, bien sea por errores en la forma de tramitarlo o por falta de causalidad. Pero, además, para que un despido sea improcedente es necesario que sea declarado como tal por un Juez y tendrá una serie de consecuencias para la empresa, entre otras opciones, el pago de una indemnización al trabajador.
¿Por qué esta confusión en el concepto?
Sencillo, algunas empresas ante la necesidad de despedir a un trabajador sin causa alguna legalmente establecida, no voy a entrar a discutir los porqués, en el mismo momento de comunicar al trabajador el despido reconoce la improcedencia del mismo y las cuantías a indemnizar para tratar de llegar a un acuerdo. De ahí que algunas personas entiendan el despido improcedente como un tipo de despido más.
Autora: María Jáimez