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El Compliance en el sistema educativo español como asignatura pendiente

Introducción sobre el Compliance:

En pleno siglo XXI, nos encontramos inmersos en un emergente y continuo avance tecnológico. Con la llegada de la Inteligencia Artificial y la tecnología de vanguardia, la sociedad se enfrenta de manera continua a dilemas éticos muy complejos y desafiantes con continuos vacíos legales.

El hecho de pasar de una sociedad 3.0 a una 4.0 y muy próximamente a una 5.0 genera un exceso de información, desconocimiento y malestar que provoca en la ciudadanía el efecto contrario a lo que inicialmente se pretendía. Este hecho se extrapola también al sistema educativo.

Actualmente, asistimos atónitos ante una educación donde hay falta de esfuerzo, de sacrificio y conocimientos sólidos y se premia la vagancia con mensajes vacíos hacia los estudiantes sin que tengan normas y códigos éticos cercanos que les ayuden como ciudadanos y referentes en su día a día. Además, los docentes, se encuentran desprovistos de “armas legales” para poder defenderse ante la ausencia de reconocimiento de su autoridad.

En este artículo, se aborda el Compliance como hilo conductor y ejemplo de prácticas de gestión equitativas y efectivas y el gran impacto positivo que tiene tanto en el alumnado como en el sistema educativo en todos sus niveles de enseñanza.

¿Qué es el Compliance?

La World Compliance Association, define al Corparate Compliance como el “conjunto de procedimientos y buenas prácticas adoptados por las organizaciones para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos”[1]

Para el sistema educativo, el Compliance es igual de importante que el Compliance en las empresas. En un centro de enseñanza, se dan también de manera cotidiana situaciones que pueden ser susceptibles de responsabilidad penal y civil y tener ya implementado un sistema de compliance dota al centro de las herramientas suficientes de manera preventiva para mitigar el escenario de los posibles riesgos actuando de manera proactiva y evitando así su materialización.

En nuestro ordenamiento jurídico, son varias las normas[2] que se hacen eco de la importancia del Compliance dentro de las organizaciones; eximiendo de responsabilidad jurídico penal a la persona jurídica en caso de que se cometa un delito en su nombre. En lo que atañe a los centros educativos, es necesario resaltar que éstos cumplen la función de garantes de la legalidad en su actuación y también la del personal a su servicio. 

Asimismo, es importante recordar, que los menores (en su mayoría) son los protagonistas en la comunidad educativa y por ello, están especialmente protegidos por el ordenamiento jurídico. Por tanto, contar con el Compliance como aliado para detectar, prevenir y/o luchar contra los posibles riesgos a los que se puedan ver expuestos es clave.

¿Qué beneficios tiene la implementación del Compliance en las Instituciones Educativas?

La implementación de un sistema de Compliance en los diversos sistemas educativos ofrece numerosas ventajas que son fundamentales para el desarrollo de un entorno académico seguro y ético.

En primer lugar, un sistema de Compliance garantiza el cumplimiento de todas las normativas y leyes aplicables, promoviendo un ambiente de legalidad y transparencia. Esto no solo protege a las instituciones educativas de posibles sanciones legales, sino que también refuerza la confianza de la comunidad educativa y de los padres de familia en la gestión del centro.

En segundo lugar, el Compliance ayuda a prevenir conductas indebidas y prácticas corruptas dentro de la propia institución. Al establecer y promover códigos de conducta claros y mecanismos de denuncia eficaces (como el canal de denuncias), se fomenta una cultura de integridad y responsabilidad entre los estudiantes, el personal docente, y entre los distintos proveedores y terceros que se relacionen con el centro. Esto, a su vez, contribuye a crear un entorno de respeto y equidad, donde se minimizan los riesgos de acoso (bullying y ciberbullying), se instauran diversos protocolos/ políticas de actuación multidisciplinares ante distintas situaciones[3] y ayuda a evitar comportamientos inadecuados para con el centro.

Por último, la adopción de un sistema de Compliance puede mejorar la reputación de la institución educativa como ventaja competitiva. Las escuelas y universidades que demuestran un compromiso sólido con la ética y la legalidad son percibidas como más fiables y atractivas para estudiantes, padres y partners. Esto se traduce en una mayor demanda de matriculación y en oportunidades de colaboración con otras instituciones y empresas tanto públicas como privadas.

Conclusión:

La implementación tanto del Compliance como la figura del Compliance Officer en los distintos niveles educativos tiene como objetivo mejorar la situación competitiva, valorativa y de valor añadido del centro que la implementa.

Resulta crucial, que desde la Administración Pública se dé un paso al frente en el apoyo del Compliance y sirva como ejemplo para garantizar la excelencia en la calidad educativa y no esgrima de argumentos económicos para poder llevarla a cabo.

En palabras del profesor Escohotado “Un país no es rico porque tenga diamantes, un país es rico porque tiene educación”. Y si se implementa la cultura de Compliance desde la perspectiva del estudiante desde los primeros estadios académicos, se estarán educando a las nuevas generaciones en ciudadanos competentes que puedan entender y colaborar en la resolución de conflictos desde un prisma ético y justo coadyuvando así a un mejor futuro y por ende a un mundo mejor.


[1] https://www.worldcomplianceassociation.com/que-es-compliance.php (Última visita 26 de junio 2024)

[2] Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal y también el artículo 31 bis del Código Penal y la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado.

[3] Como por ejemplo: Protocolo de prevención de abuso de sustancias entre los estudiantes, Protocolo de salud mental y bienestar de los estudiantes y el personal del centro, protocolo para garantizar la protección de datos de carácter personal de las personas menores de edad o políticas para la elección de proveedores (para el comedor, para el transporte escolar o para la videovigilancia)

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