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Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.

Protección del Informante

A comienzos de año llego la tan esperada Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, por la que se incorporaba al ordenamiento jurídico español la DIRECTIVA (UE) 2019/1937 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

Esta nueva normativa, incluye numerosas obligaciones legales tanto para el sector privado como público, como es la incorporación y puesta en marcha de los llamados sistemas de información interno en cada uno de los sujetos obligados. El plazo de la puesta en marcha de los “famosos” canales de denuncias, consta en la disposición transitoria segunda relativa al plazo máximo para el establecimiento de Sistemas internos de información y adaptación de los ya existentes.

En dicha disposición se viene a establecer que las administraciones, organismos, empresas y demás entidades obligadas a contar con un sistema interno de información deberán implantarlo en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, por lo que la fecha máxima para la puesta en marcha de estos instrumentos acaba el 13 de junio. Como excepción al plazo indicado anteriormente, en el caso de las entidades jurídicas del sector privado con 249 trabajadores o menos, así como de los municipios de menos de diez mil habitantes, el plazo previsto en el párrafo anterior se extenderá hasta el 1 de diciembre de 2023.

Protección Del Informante A.a.i. Autoridad Independiente

Aparta de estas obligaciones para el sector público y privado, existe una más, para el gobierno de España. Esta obligación es la creación de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. Así consta en la disposición transitoria tercera de la Ley 2/2023, donde se establece que hasta que la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., cuente con un presupuesto propio, su actividad se financiará con cargo a los créditos presupuestarios del Ministerio de Justicia.

Es importante indicar que en la disposición final undécima viene a establecer que en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, es decir, el 13 de marzo de 2024, el Consejo de Ministros aprobará mediante real decreto, a propuesta conjunta de los Ministerios de Justicia y de Hacienda y Función Pública, el Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., en el que se establecerán las disposiciones oportunas sobre organización, estructura, funcionamiento, así como todos los aspectos que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones asignadas mediante esta ley.

Partiendo de esta premisa legal establecida en la normativa, se le da un plazo de máximo de tres meses a los sujetos obligados para que cuenten con un sistema de información interno y un plazo de un año al ejecutivo centra para la puesta en marcha de esta nueva autoridad.

De esta serie de afirmaciones pueden surgir determinadas dudas; ¿Dónde se ubicará la sede de esta nueva autoridad?, ¿Quién la presidirá?, ¿Cuántos trabajadores tendrá?, ¿Qué funciones y poderes adquirí?, ¿Qué presupuesto tendrá?…. Todas esas dudas surgen a raíz de la creación de esta nueva autoridad. Algo similar a lo que ocurrió con la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial, recogida en los Presupuestos Generales del Estado de 2022 (https://portal.mineco.gob.es/es-es/comunicacion/Paginas/agencia-española-de-supervisión-de-inteligencia-artificial.aspx).

Autoridad Independiente A.a.i. Protección Del Informante

En primer lugar, en cuanto a la ubicación de la sede, se usará un nuevo mecanismos para la elección de la misma, instrumentos usados no solo con la nueva Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial sino también con otros organismos como la Agencia Espacial Española. Para la elección de la nueva sede de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. se realizará mediante las disposiciones establecidas en el Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, por el que se establece el procedimiento para la determinación de las sedes físicas de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal y se crea la Comisión consultiva para la determinación de las sedes.

Una vez que el gobierno de España inicie el procedimiento para la determinación de la sede física de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. (aprobado en Consejo de Ministros), en el plazo de un mes, la Comisión consultiva, presidida por la ministra de Política Territorial, elaborará un informe que se publicará en el BOE con los criterios a tener en cuenta para determinar la ubicación de su sede.

A partir de entonces, las comunidades autónomas y los órganos plenarios de las entidades locales podrán presentar por medios electrónicos la candidatura de uno o varios municipios para albergar la sede física de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. Finalizado el plazo de presentación de candidaturas, la Comisión Consultiva elaborará un dictamen analizando las posibles sedes y lo remitirá al Consejo de Ministros, que adoptará el acuerdo, que se publicará en el BOE , en el plazo máximo de seis meses desde el inicio del procedimiento.

En cuanto al Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I, que deberá de aprobarse mediante Real Decreto, son varias las cuestiones que tienen que detallarse. ¿Plazo?. Máximo un año. ¿Qué cuestiones tendría que recoger ese Real Decreto?. Cuestiones importantes como: sede de la autoridad, régimen jurídico, funciones y potestades, memoria anual, posible estructura orgánica de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. así como el procedimiento a seguir para la elección de las personas que lo van a dirigir, personal al servicio de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I, el régimen económico, presupuestario, patrimonial y de contratación y determinadas cuestiones más.

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