El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, introduce una de las reformas más relevantes en materia de conciliación laboral y familiar de los últimos años: la ampliación del permiso de nacimiento y cuidado de menor.
Con esta medida, España culmina la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, cuyo objetivo es garantizar permisos parentales retribuidos y fomentar la corresponsabilidad entre progenitores.
Esta reforma no solo amplía el tiempo de disfrute del permiso, sino que también mejora la flexibilidad y equidad en su aplicación, especialmente en familias monoparentales.
Novedades del Real Decreto-ley 9/2025
Hasta ahora, la normativa establecía un permiso de 16 semanas retribuidas e intransferibles para cada progenitor.
De estas, 6 semanas eran de descanso obligatorio tras el parto o la adopción, y las 10 restantes podían disfrutarse hasta que el menor cumpliera 12 meses.
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2025, el permiso se amplía significativamente, configurándose de la siguiente forma:
En el caso de familias monoparentales, el permiso alcanza las 32 semanas con el mismo esquema de disfrute.semanas en familias monoparentales, con el mismo esquema de disfrute.
- 19 semanas de permiso por cada progenitor.
- 6 semanas obligatorias tras el parto o adopción.
- 11 semanas voluntarias a disfrutar hasta los 12 meses del menor.
- 2 semanas adicionales retribuidas que pueden disfrutarse hasta los 8 años del niño o niña.
- En el caso de familias monoparentales, el permiso alcanza las 32 semanas con el mismo esquema de disfrute.

Ejemplos prácticos de la nueva regulación
Para comprender mejor el impacto de la ampliación del permiso de nacimiento y cuidado de menor, veamos algunos supuestos:
- Situación 1: Progenitor casado que desea ampliar su presencia durante el primer año. Tras las 6 semanas obligatorias, podrá disfrutar 8 semanas seguidas y reservar 3 para antes de que el menor cumpla 12 meses. Desde 2026, podrá sumar 2 semanas más hasta los 8 años.
- Situación 2: Familia monoparental. Una madre sola dispondrá de 32 semanas: 6 obligatorias, 22 flexibles durante los primeros 12 meses y 4 adicionales retribuidas hasta los 8 años.
- Situación 3: Progenitores que trabajan en la misma empresa. Si ambos solicitan las semanas voluntarias al mismo tiempo, la empresa podrá limitarlo por razones organizativas justificadas y por escrito.
- Situación 4: Uso flexible durante vacaciones escolares. El padre podrá reservar las 2 semanas adicionales para disfrutarlas en verano, coincidiendo con el cierre del colegio.
Aplicación retroactiva y disposiciones transitorias
La norma contempla una disposición transitoria que permite aplicar las 2 semanas adicionales (4 en monoparentales) con carácter retroactivo a nacimientos o adopciones ocurridos desde el 2 de agosto de 2024.
Quienes ya hayan agotado su permiso podrán solicitar las semanas adicionales a partir del 1 de enero de 2026, sin necesidad de un nuevo reconocimiento del derecho.
Relación con el permiso parental del Real Decreto-ley 5/2023
El permiso parental de 8 semanas no retribuidas, introducido en 2023, sigue vigente.
Con el nuevo Real Decreto-ley 9/2025, las 2 semanas retribuidas añadidas al permiso de nacimiento se integran dentro del bloque de conciliación exigido por la normativa europea, sin sustituir al permiso parental no retribuido.
De este modo, cada progenitor podrá disfrutar de:
- 19 semanas retribuidas (32 en monoparentales).
- 8 semanas no retribuidas adicionales, hasta que el menor cumpla 8 años.
Impacto en la gestión laboral de las empresas
El caso subraya la importancia de regular y supervisar el uso de datos biométricos para garantizar que no se vulneren los derechos fundamentales. Algunas recomendaciones clave incluyen:
La ampliación del permiso de nacimiento y cuidado de menor implica una serie de ajustes en la gestión interna de las organizaciones:
1. Planificación de ausencias más compleja
Las empresas deberán planificar permisos que ahora se extienden hasta los 8 años del menor, gestionando simultáneamente permisos retribuidos y no retribuidos.
2. Gestión flexible de solicitudes
La nueva normativa obliga a motivar por escrito cualquier denegación o limitación en el disfrute simultáneo del permiso por motivos organizativos.
3. Refuerzo de la seguridad jurídica
El decreto clarifica los plazos de comunicación y la forma de solicitar el permiso, que deberá realizarse con al menos 15 días de antelación.
La ampliación del permiso de nacimiento y cuidado de menor, establecida por el Real Decreto-ley 9/2025, representa un avance hacia una conciliación más justa y corresponsable.
Con 19 semanas retribuidas por progenitor (32 en familias monoparentales), esta reforma amplía derechos y adapta la normativa española a los estándares europeos.
Sin embargo, aún queda margen para seguir mejorando, especialmente en la retribución total del permiso parental no remunerado de 8 semanas.
La clave ahora será garantizar que tanto familias como empresas puedan adaptarse eficazmente a este nuevo marco de conciliación.
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