Nuevos Modelos de Presentación de Denuncia
Esta semana, se publicaba en el Boletín Oficial del Estado la resolución de 29 de junio de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban los modelos de presentación de reclamaciones. ¿Por qué se aprueban estos Modelos?. Pues esto es debido a varias cuestiones;
- Actualización de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y garantía de los Derechos Digitales. A través de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Ley 11/2023 (https://www.boe.es/boe/dias/2023/05/09/pdfs/BOE-A-2023-11022.pdf) se realizaba una serie de modificaciones de la LO 3/2018 en la que se incorporaba determinados artículos relativos a distintas cuestiones, una de ellas, era la posibilidad de establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos. Estos modelos, como ya se adelantó por la propia Autoridad de Control, una vez que se modificaba la legislación, serían publicados en el BOE y en la Sede electrónica de la Autoridad de Control. Con esta modificación normativa, se incluía una Disposición adicional vigésima tercera relativa a los modelos de presentación de reclamaciones donde se venía a establecer;
“La Agencia Española de Protección de Datos podrá establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la misma en todos los ámbitos en los que esta tenga competencia, que serán de uso obligatorio para los interesados independientemente de que estén obligados o no a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas.
Los modelos serán publicados en el »Boletín Oficial del Estado» y en la Sede Electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos y serán de obligado cumplimiento al mes de su publicación en el »Boletín Oficial del Estado”.
- Adopción de un Modelo por el Comité Europeo de Protección de Datos. El pasado 21 de junio la Autoridad de Control de la Unión Europea adoptó un modelo de formulario de denuncia para facilitar la presentación de denuncias por parte de particulares y la posterior tramitación de denuncias por parte de las autoridades de protección de datos (APD) en casos transfronterizos. La plantilla tiene en cuenta las diferencias existentes entre las leyes y prácticas nacionales. Las Autoridades de Control lo utilizarán de forma voluntaria y pueden adaptarlo a sus respectivos requisitos nacionales. La plantilla se puede utilizar tanto para los casos en los que la denuncia la presenta la persona personalmente como para los casos en los que la denuncia la presenta otra persona, a saber, un representante legal, una entidad que actúa en nombre de la persona o una entidad que actúa por iniciativa propia. El Comité Europeo de Protección de Datos desarrolló una plantilla de acuse de recibo que tiene como objetivo proporcionar al denunciante información general sobre los próximos pasos después de la presentación de la denuncia y destaca el derecho a un recurso judicial efectivo contra una decisión jurídicamente vinculante de una autoridad de protección de datos.
Todos estos Modelos de presentación de Denuncias, aprobados y publicados tanto por la Agencia Española de Protección de Datos como por el Comité Europeo de Protección de Datos están encaminados a facilitar a los interesados la interposición de reclamaciones en distintos ámbitos, ya sea en España o por ejemplo en otra Autoridad de Control donde se encuentre ubicado el responsable o encargado del tratamiento.
Siete modelos de denuncias
La resolución publicada por la AEPD en el BOE contempla hasta siete modelos de denuncias, que se describen de la siguiente manera:
- Modelo general de reclamación.
- Modelo específico de reclamación por desatención por el responsable del tratamiento de una solicitud de ejercicio de los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del RGPD: acceso, rectificación, supresión (olvido), limitación, portabilidad, oposición y decisiones automatizadas
- Modelo específico de reclamación por la recepción de publicidad directa no deseada.
- Modelo específico de reclamación por la instalación de dispositivos de videovigilancia.
- Modelo específico de reclamación por determinados incumplimientos en el tratamiento de datos personales vinculados a deudas.
- Modelo específico de reclamación del canal prioritario.
- Modelo específico de reclamación por violación de la seguridad de los datos personales.
Las reclamaciones se presentarán preferentemente de forma telemática, cumplimentando necesariamente el formulario de reclamación accesible en la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos, a partir del momento en el que se encuentre disponible. Si la reclamación no cumple los requisitos previstos en el modelo establecido, la misma no surtirá efectos y se le comunicará al interesado, requiriéndole para que, en su caso, presente una nueva reclamación ajustada a dichos requisitos, siendo la fecha de entrada de esta última la que se tendrá en consideración a los efectos previstos en el artículo 65 de la Ley Orgánica 3/2018.
Como se ha indicado con anterioridad, se establece un modelo normalizado general de reclamación y seis modelos específicos referidos a distintos tratamientos de datos personales. El modelo general deberá utilizarse exclusivamente para formular una reclamación relativa a un tratamiento respecto del cual no se haya aprobado un modelo específico.
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