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¿En qué momento conviene constituir una sociedad en el desarrollo de una actividad?

 

Constituir una sociedad

Cuando se viene desempeñando una actividad económica como trabajador por cuenta propia, puede surgir la pregunta de cuándo y bajo qué premisas sería un buen momento para constituir una sociedad y continuar con la misma actividad, pero, en esta ocasión, gestionada y llevada a cabo por la empresa.

Conviene destacar que este paso no es baladí, ya que habrá de analizarse, además de la facturación, el tipo de actividad económica que se está llevando a cabo, el posible tipo de sociedad a constituir, la remuneración, la responsabilidad, las obligaciones, la tributación, la jubilación, etc., además de tener en cuenta que no hay una normativa que indique el cambio de modalidad y lo convierta en insoslayable.

Con carácter general, y desde el punto de vista de la facturación, un factor a tener en cuenta es que la misma supere los 40.000 euros anuales. Este hecho podría dejar ver que puede ser un momento idóneo para replantearse la constitución de una sociedad.

Constituir Una Sociedad

Por un lado, el aumento de facturación puede ser un elemento importante para acotar la responsabilidad que pueda derivarse de la propia actividad: Un trabajador por cuenta propia responde con todo su patrimonio personal ante cualquier adversidad; mientras que, un autónomo societario solo respondería con el capital aportado a la sociedad, siempre y cuando que actúe con buena diligencia en el desempeño de sus funciones.

Ventajas de constituir una sociedad

Por otro lado, desde el punto de vista de la eficiencia fiscal, la fiscalidad de una empresa puede ser más ventajosa, ya que su tipo de gravamen es fijo al 25% (con las excepciones previstas en la Ley) y con independencia de los ingresos obtenidos. Un trabajador por cuenta propia tendrá una mayor incidencia fiscal conforme al aumento de los rendimientos obtenidos por actividades económicas, ya que el IRPF es un impuesto progresivo como se puede apreciar en la siguiente tabla:

Base de trabajoTipo impositivo
Desde 0€ hasta 12.449€19%
Desde 12.450€ hasta 20.199€24%
Desde 20.200€ hasta 35.199€30%
Desde 35.200€ hasta 59.999€37%
Desde 60.000€ a 299.999€45%
Más de 300.000€47%

Otro elemento que debemos tener en cuenta es la configuración societaria que se le puede dar a la nueva empresa: con carácter general, lo más recomendable es la constitución de una sociedad limitada (SL). Este tipo de sociedad es recomendable cuando los socios son reducidos, además de que el capital social que ha de ser desembolsado es de 3.000 euros y su responsabilidad es limitada a la aportación que se hiciera al propio capital social.

Esta configuración debería ser analizada junto al tipo de actividad económica que se va a desempeñar, el número de socios, la facturación y el volumen de operaciones, ya que podría optarse por otro tipo de sociedad o configuración empresarial que pudiera adaptarse mejor a las circunstancias concretas.

Asimismo, además de los socios, se deberá nombrar al administrador que será la persona encargada de gestionar, dirigir y tomar las decisiones en relación a la gestión de la empresa. El propio socio podría ser administrador, siendo, en este caso, administrador societario y podría recibir una remuneración mensual fija por el desempeño realizado en la propia sociedad, si así se acuerda en los propios estatutos sociales.

Obligaciones contables

Otro elemento a tener en cuenta es el relativo a las obligaciones contables y fiscales: las sociedades tendrán un mayor número de obligaciones contables, fiscales, laborales y mercantiles a las que atender periódicamente, además de declaraciones informativas periódicas ante la Agencia Tributaria. Este cambio de modalidad llevaría implícito una mayor responsabilidad en esta materia, por lo que sería positivo contar con un Tax Compliance externo que dé cumplimiento a cada una de las obligaciones y teniendo presente el coste fijo que de ello se derivaría.

En conclusión, y como se ha analizado, hay múltiples factores que se deben tener presentes para el cambio de modalidad entre el trabajador por cuenta propia y la constitución de una sociedad ya que, deberá analizarse si se ha llegado al momento adecuado, el nivel de facturación, costes, obligaciones, responsabilidades, etc. Todo ello, encaminado, a buscar el mejor momento para continuar con el crecimiento económico y haciendo uso de las ventajas que ofrece la propia normativa para conseguir el mismo. 

Fuente: Cinco Días.

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