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Reforma laboral (II): Novedades en cotización

En este post se tratará de profundizar sobre las modificaciones que se han producido en materia de cotización como consecuencia de las últimas novedades normativas tras las publicaciones de los meses de diciembre y enero: 

  • Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional para el ejercicio 2021.
  • Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. 
  • Boletín de Noticias Red 1/2022 de 14 de enero, que incluye aclaraciones del RD-Ley 32/2021.
  • Boletín de Noticias Red 2/2022, de 20 de enero, que remite al Boletín de Noticias Red 7/2021 para el proceso de regularización de cuotas de seguridad social.

En este último periodo, se ha venido fraguando la modificación y actualización de normativa laboral que comenzó a hacerse patente en septiembre de 2021 con la subida del SMI a 965€ en 14 pagas, o 1.125,83€ en doce pagas.

Actualización de Bases de Cotización

Las personas trabajadoras cotizan por el salario percibido siempre que sus retribuciones estén comprendidas entre los límites mínimos y máximos de las Bases de Cotización actualizados. Si los importes de las bases de cotización no están comprendidos entre estos límites, se aplicará el límite mínimo o máximo. Se establecen para garantizar las cotizaciones, aunque siempre existe el debate de destopar las bases máximas porque todo importe que esté por encima, quedaría no sujeto a cotización, con las consecuencias que esto pudiera conllevar.

Reforma Laboral Cotizaciones

Aunque parecía evidente que la subida del salario mínimo a 1.125,83€ conllevaría la actualización de los límites mínimos y máximos de cotización en esa misma cuantía, la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, que actualizaba los límites de cotización, publicó la cuantía de base mínima en 1.125,90€, 7 céntimos por encima del SMI publicado previamente en Septiembre. Esto ha producido un desfase en la comunicación de las cotizaciones mensual de los meses de septiembre y octubre que justo el 31 de enero se podrá solventar a través de una liquidación complementaria que Tesorería General de Seguridad Social solicitará de oficio a las empresas que se encuentren en esta situación, y que requiere de la instalación de una nueva versión de SILTRA disponible desde el 31 de enero de 2022.

Nueva cotización de los nuevos contratos de formación en alternancia

Esta no es la única novedad sobre cotizaciones publicada recientemente, puesto que en el Real Decreto Ley 32/2021, ya conocido como la nueva Reforma Laboral, tiene algunos aspectos destacables en materia de cotización. Ejemplo de ello es la nueva forma de cotizar de los contratos de formación en alternancia, que combina las aportaciones al sistema de seguridad social según las reglas generales de cotización por el importe de base de cotización que sobrepase del SMI, sumado a la cuota que venía siendo única y usada en los anteriores contratos formativos hasta la fecha, actualizada para 2022 a una cuantía de 143,84€, resultante de la suma de los siguientes importes:

hgv5LZbNovbvNyCeBh4BOrbJR1ByQGaQ2YQODXzdfOe QZhQl1EvR5GflaqYRVRFCcVN8ui4XHFLupG1wz5q GJuhiI7Zjzwf8JTHb07fTKKVp3uMh9GCs36iLcaE3nzcIt1HiWXqXMUgLwyKWQ

Recargo de cotizaciones de contratos de duración inferior a 30 días

Por añadir, cabe mencionar también el nuevo recargo de cotizaciones para contratos de duración inferior a 30 días que se incluyen en el RD-Ley 32/2021. 

Independientemente de si el contrato dura 1 o 29 días, estas finalizaciones tendrán un recargo de un importe fijo de 26,57€, aunque aún queda por responder si este importe disminuirá en proporción a la jornada de la persona contratada y finalizada.

Queda, por tanto, modificado de nuevo el artículo 151 de LGSS, ya que en la Orden PCM/1353/2021, del pasado 2 de diciembre de 2021 se actualizaba el recargo para contratos inferiores a 5 días y equivalía al incremento del 40% de la cuota empresarial por contingencias comunes.

Como se observa, la normativa laboral está sometida a un auténtico hervidero de novedades que parece que abarcarán gran parte de 2022, no solo con la reforma laboral, muestra de ello es la nueva convocatoria de negociación para el próximo 07 de febrero de 2022, donde se pretende pactar una nueva subida del SMI en los próximos meses, esperando que esta vez, si se hace efectivo, se actualice simultáneamente las correspondientes bases de cotización.

Especialista laboral en PICOSSI Asesores Legales y Tributarios.

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