Por David Oliveira, profesor “Compliance en el sector financiero: Prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo” en el Máster en Dirección de Compliance & Protección de Datos de la EIP International Business School
Contexto
El pasado martes 23 de junio de 2020 finalizó el plazo de audiencia pública del anteproyecto de modificación de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo (Ley 10/2010, de 28 de abril) cuya aprobación parlamentaria está prevista para el segundo semestre del año 2020.
Dicha norma tiene como fin transponer la quinta directiva europea relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo cuyo plazo de transposición expiró el pasado 10 de enero de 2020.
Modificaciones: Inclusión de nuevos sujetos obligados
Una de las principales modificaciones derivadas de la mencionada directiva es la inclusión de nuevos sujetos obligados:
- Entidades que presten servicios de cambio de moneda virtual por moneda de curso legal como nuevos sujetos obligados.
- Proveedores de servicios de custodia de monederos electrónicos, entendiendo por tales aquellas personas físicas o jurídicas que prestan servicios de salvaguardia de claves criptográficas privadas en nombre de sus clientes, para la tenencia, el almacenamiento y la transferencia de monedas virtuales de manera similar a la de la custodia de fondos o activos financieros tradicionales
- Proveedores de servicios de cambio entre diferentes monedas virtuales.
- Plataformas de financiación participativa
- Sociedades anónimas cotizadas de inversión inmobiliaria (SOCIMIS)
- Sociedades gestoras de fondos de titulización.
- Los promotores inmobiliarios y quienes ejerzan profesionalmente actividades de agencia, comisión o intermediación en la compraventa de bienes inmuebles y en arrendamientos de bienes inmuebles que impliquen una renta total anual igual o superior a 120.000 euros o una renta mensual igual o superior a 10.000 euros.
Sistemas Comunes de Información
Otra de las principales novedades de la nueva de la norma es la posibilidad de crear sistemas comunes de información para el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida. Además, el mantenimiento de estos sistemas de información podrá delegarse a un tercero, aun cuando no tenga la condición de sujeto obligado.
¿Beneficia estudiar un Máster en Compliance & Protección de Datos?
Nuestro profesor, David Oliveira, nos comenta que la lectura entre líneas que busca es, poner de manifiesto las oportunidades que van a surgir en el mercado laboral a finales de este año y principios del próximo, ya que las entidades que describe tendrán que reforzar sí o sí sus equipos de PBC y por ello es el momento de formarte en Dirección de compliance y Protección de Datos, ¡te esperamos!