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Adelanto del modelo 347 a enero a partir de 2018

El modelo 347 es una declaración informativa en la cual se resume la totalidad anual y trimestral de las operaciones con terceras personas con un importe superior a 3.005,06 euros. Hasta hace unos años, dicho modelo se presentaba en marzo; en 2017 se adelantó a febrero, pero para 2018 se volverá a anticipar un mes más, hasta enero.

Esto supone un aumento de la carga de trabajo muy importante, especialmente si la empresa no dispone de un departamento administrativo. Las empresas tienen que enviar las facturas y éstas tienen que ser recibidas por los clientes. Después, hay que cuadrar los albaranes recibidos, se tienen que aprobar y contabilizar para declararlos en los modelos oficiales.

Teniendo en cuenta que en navidades muchas empresas minimizan su actividad, muchas de estas facturas no llegarán hasta las primeras semanas de enero, un tiempo insuficiente para que la mayoría de empresas pueda contrastar la información.

Si a esto sumamos que enero ya es un mes con una alta carga de trabajo, al tener que cumplir con otras obligaciones (entre otras, la liquidación trimestral y anual del IVA, la liquidación del pago fraccionado del IRPF), los departamentos fiscales o las asesorías y despachos que lleven las cuentas de las empresas van a echar humo.

Cómo hay que presentar el modelo 347

En 2016, el plazo de presentación del modelo 347 fue del 1 al 28 de febrero. Para 2018 será del 1 al 31 de enero, según lo anunciado por la AEAT, con lo cual el declarante contará con menos margen para cotejar la información con el proveedor.

Este modelo 347 es uno de los que más información aporta a Hacienda. Es necesario realizar un cuadre directo entre cliente y proveedor, ambos deben declarar las mismas cantidades. En caso de que esto no sea así, Hacienda envía un requerimiento para verificar qué cifra es la correcta. Esto obliga en muchos casos a intercambiar información entre ambos, llamadas, correos, etc. ya que ninguno de los dos quiere que Hacienda llame a su puerta.

Hacienda exige con el modelo 347 agrupar las operaciones por trimestres y recopilar la información sobre pagos en metálico. No es una tarea mecánica, sino que con los datos de nuestro sistema de contabilidad es necesario elaborarlo y presentarlo a través del programa de ayuda de la AEAT. Es preciso relacionar un número elevado de personas o entidades porque el importe mínimo anual es de 3.005 euros.

Cuándo: cambio en el calendario fiscal

Como hemos dicho, el próximo enero, la presentación del modelo 347 de operaciones con terceros se añadirá al resto de modelos que ya tienen que presentar las empresas o las asesorías que llevan su contabilidad en su nombre. Es decir:

  • Modelo 303 de autoliquidación trimestral de IVA y su modelo homólogo pero de carácter anual 390.
  • Modelo 130 de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF.
  • Modelo 115, declaración trimestrales de las retenciones por alquileres y su modelo homólogo de carácter anual 180.
  • Modelo 111 trimestral de retenciones a trabajadores, profesionales o empresarios, junto al modelo 190 anual.
  • Modelo 349 de operaciones intracomunitarias y modelo 309 de autoliquidación de IVA de operaciones intracomunitarias no periódicas en recargo de equivalencia.
  • Modelo 368 de servicios prestados por vía electrónica.

Si a esto le sumamos que cotejar los datos del modelo 347 no es una tarea automática, sino que en muchos casos exige contactar directamente entre las dos partes intervinientes en la operación, se entiende el malestar generado en el sector por este adelanto.

Otros cambios del calendario fiscal de 2018

Pero no es el único cambio que sufrirá el calendario fiscal en 2018. También habrá cambios en:

  • Modelo 171, declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, que antes se presentaba en el mes de marzo.
  • Modelo 184, declaración informativa para entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración anual, cuyo plazo hasta ahora era del 1 al 28 de febrero.
  • Modelo 345, declaración informativa de planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia. Declaración anual partícipes y aportaciones. Hasta ahora el plazo de presentación era del 1 de enero al 20 de febrero.
  • Todos ellos se trasladan al mes de enero, con el objetivo de homogeneizar los plazos de las declaraciones informativas y mejorar la calidad de los datos fiscales. Lo cierto es que va a suponer para muchas empresas y sus asesorías trabajar contrarreloj durante este primer mes del año.

 

Fuente: SAGE

Raúl Ruiz

Coordinador Académico Área Financiero-Fiscal - EIP Coordinador de formación eLearning en MAINFOR - Innovación Tecnológica y Educativa

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